El Gobierno nacional dispuso una profunda reestructuración de la SIDE mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025. La norma modifica la Ley de Inteligencia Nacional, redefine la organización del sistema, amplía atribuciones operativas y establece el carácter encubierto de todas las actividades de inteligencia.

SIDE: el Gobierno reestructuró el sistema de inteligencia por decreto

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Alcances de la reforma de la SIDE establecida por decreto

El Gobierno de Javier Milei avanzó en una reforma integral de la Secretaría de Inteligencia del Estado a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, publicado en el Boletín Oficial. La medida introduce modificaciones sustanciales a la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y redefine el rol de la SIDE dentro del esquema institucional.

Según surge del texto del decreto, la SIDE pasa a ser el órgano superior del Sistema de Inteligencia Nacional, con facultades de conducción, coordinación y control sobre los organismos que lo integran. El Ejecutivo justificó la decisión en la necesidad de ordenar competencias, eliminar superposiciones normativas y fortalecer los mecanismos de articulación entre agencias estatales.

Uno de los cambios centrales dispuestos por el decreto establece que todas las actividades que se desarrollen en el ámbito de la inteligencia nacional revisten carácter encubierto, en razón de su sensibilidad estratégica. Esta disposición alcanza de manera directa a la SIDE y a todos los organismos que actúan bajo su órbita funcional.

La norma amplía además el alcance de la contrainteligencia. Ministerios, organismos descentralizados y entes del Sector Público Nacional pasan a integrar esquemas de cooperación informativa, quedando obligados a suministrar información cuando así lo requiera la SIDE para el cumplimiento de sus funciones.

En materia operativa, el decreto introduce una modificación relevante: el personal de inteligencia dependiente de la SIDE queda habilitado para proceder a la aprehensión de personas en casos de flagrancia, auxilio o requerimiento judicial. En esos supuestos, la normativa establece la obligación de dar aviso inmediato a las fuerzas policiales o de seguridad competentes.

Asimismo, la reforma faculta expresamente a la SIDE a requerir asistencia técnica y logística de las Fuerzas Armadas, de las fuerzas de seguridad federales y de las fuerzas policiales. Dichas solicitudes deberán contar con autorización del Secretario de Inteligencia de Estado, y el personal interviniente quedará sujeto a los mismos derechos y obligaciones que el personal de inteligencia.

El decreto crea la Comunidad de Inteligencia Nacional (CITN), un ámbito interinstitucional permanente integrado por los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional, las áreas de inteligencia de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas policiales y de seguridad federales. La CITN funcionará bajo la conducción de la SIDE y tendrá como finalidad coordinar y centralizar la producción de inteligencia estratégica.

En paralelo, la norma establece la Comunidad Informativa Nacional (CIFN), integrada por ministerios y organismos públicos que, sin producir inteligencia en sentido estricto, aportarán información relevante para el análisis estratégico. La SIDE será responsable de dirigir este esquema y de integrar la información suministrada por los distintos organismos.

Otro eje de la reforma de la SIDE es la separación formal entre ciberseguridad y ciberinteligencia. El decreto dispone la creación del Centro Nacional de Ciberseguridad como organismo descentralizado bajo la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete. En forma paralela, la ex Agencia Federal de Ciberseguridad pasa a denominarse Agencia Federal de Ciberinteligencia, con funciones específicas en el dominio digital dentro del sistema coordinado por la SIDE.

En el área de seguridad estratégica, la norma modifica la denominación y funciones de la Agencia de Seguridad Nacional, que pasa a llamarse Agencia Nacional de Contrainteligencia. Este organismo, dependiente de la SIDE, tendrá como misión identificar y analizar amenazas a la seguridad nacional, como espionaje, sabotaje, injerencia o influencia extranjera.

El decreto también ordena la inteligencia militar mediante la disolución de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar y la transferencia de sus funciones y recursos a la Dirección General de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, con el objetivo de eliminar superposiciones estructurales y mejorar la eficiencia operativa dentro del esquema general de la SIDE.

En materia de control interno, la División de Asuntos Internos pasa a denominarse Inspectoría General de Inteligencia, con atribuciones ampliadas para realizar auditorías, inspecciones e investigaciones internas sobre el uso de recursos, la eficacia operativa y la integración funcional de los organismos que conforman el sistema, bajo la órbita directa de la SIDE.

Finalmente, la reforma refuerza las facultades de conducción de la SIDE en materia presupuestaria. El organismo queda habilitado para aprobar presupuestos, controlar gastos de inteligencia —incluidos los gastos reservados— y centralizar la designación y remoción de los titulares de los organismos desconcentrados.

La reforma del sistema de inteligencia se conoce mientras otros decretos del Poder Ejecutivo enfrentan cuestionamientos judiciales, como ocurrió recientemente con un DNU cuya aplicación fue suspendida por decisión de la Justicia.

Tal como lo establece la legislación vigente, el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025 será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación para su tratamiento, mientras la SIDE comienza a operar bajo el nuevo marco normativo dispuesto por el Ejecutivo.