Un fallo judicial obliga al Ministerio de Economía a entregar, en cinco días, el expediente completo del DNU 179/2025 que aprobó un crédito de U$S 20.000 millones con el Fondo Monetario Internacional.

La justicia ordenó informar sobre el acuerdo con el FMI

acuerdo con el FMI

El fallo judicial sobre el acuerdo con el FMI

El juez federal de Dolores, Martín Bava, hizo lugar a un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el CELS.

La resolución establece que el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, debe entregar el expediente EX-2025-24205368- -APN-DGDA#MEC del DNU 179/2025 en un plazo de cinco días hábiles.

La orden incluye todos los archivos embebidos, anexos y documentación conexa al acuerdo con el FMI por 20.000 millones de dólares.

El reclamo de acceso a la información pública

La presentación judicial había sido realizada por Francisco Verbic (CAIP) junto a los abogados Leonel Bazán y Diego Morales (CELS). Argumentaron que el Ministerio de Economía violó la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública al negar la entrega del expediente.

Según el juez Bava, el Estado en no puede eludir esta obligación:

“En una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”.

El trasfondo del acuerdo con el FMI

El DNU 179/2025, aprobado por el Gobierno de Javier Milei, habilitó un crédito de U$S 20.000 millones con el Fondo Monetario Internacional. Sin embargo, el decreto no incluye detalles sobre las razones y condiciones del empréstito, lo que generó cuestionamientos de organizaciones de la sociedad civil.

El juez destacó que la falta de transparencia en el acuerdo con el FMI afecta directamente el derecho de la sociedad a conocer cómo se gestionan las políticas económicas de mayor impacto.

La supremacía de la Ley 27.275

El fallo recalcó que la Ley 27.275, sancionada en democracia, tiene preeminencia sobre normas dictadas por gobiernos de facto y sobre los procedimientos administrativos utilizados por el Ministerio para evitar la entrega del expediente.

“Se trata de información de carácter público, que no pertenece al Estado, sino que es del pueblo de la Nación Argentina y, en consecuencia, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud”, recordó la resolución citando jurisprudencia de la CSJN.

Un precedente en transparencia

La decisión judicial reafirma que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información pública sin necesidad de justificar un interés especial. Para el juez Bava, este principio es especialmente relevante en materia de acuerdo con el FMI, donde las decisiones tomadas impactan de forma directa en la vida económica del país.

Te puede interesar 🔗 El BCRA limitó los movimientos de los bancos en un día de tensión cambiaria