En un nuevo operativo de control alimentario, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un aceite de oliva que circulaba en todo el país sin los registros sanitarios obligatorios. La disposición oficial, publicada en el Boletín Oficial, detalla las irregularidades y ordena el retiro inmediato del producto de góndolas físicas y plataformas de venta en línea.

ANMAT prohibió un aceite de oliva marca Mito Andino

ANMAT prohibió un aceite de oliva

ANMAT prohibió un aceite de oliva: disposición y motivos

La Disposición 5434/2025, difundida en el Boletín Oficial, establece la prohibición de elaborar, fraccionar y comercializar el “Aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino” en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento. El organismo comprobó que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE 13005521) y Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA 025-13032729) consignados en la etiqueta son inexistentes, lo que convierte al producto en ilegal y potencialmente riesgoso para la salud pública. Boletín Oficial

En palabras de la resolución, el artículo vulnera el artículo 3° de la Ley 18 284 y varios artículos del Código Alimentario Argentino, por “carecer de registros y estar falsamente rotulado”, situación que motivó la intervención de la Dirección de Vigilancia Sanitaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

Detalles de la marca Mito Andino y las irregularidades detectadas

Según el texto oficial, la investigación se inició por la denuncia de un particular que dudó de la genuinidad del producto al adquirirlo vía comercio electrónico. Las consultas federales realizadas a la autoridad sanitaria de Mendoza confirmaron que ni el establecimiento ni el producto están habilitados, y que los números de registro impresos en la botella no figuran en ninguna base oficial.

En consecuencia, ANMAT prohibió un aceite de oliva que, además de carecer de trazabilidad, exhibía información engañosa sobre origen y control de calidad. La disposición también veta cualquier otro artículo que reproduzca los números de RNE o RNPA mencionados, ya que la reutilización de registros falsos suele ser una práctica recurrente en productos apócrifos.

Impacto sanitario y medidas de fiscalización

ANMAT prohibió un aceite de oliva, al no existir garantías sobre las condiciones de elaboración, almacenamiento y envasado, este aceite “no puede ser identificado como producido en un establecimiento autorizado”. Por ello, ANMAT prohibió un aceite de oliva cuya circulación representaba un riesgo por posible contaminación o adulteración, y ordenó comunicar la medida a todas las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, los equipos de fiscalización intensificaron controles en puntos de venta físicos y virtuales para detectar remanentes del lote, mientras el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad digital exige bajar cualquier anuncio o publicación que promocione el producto.

Qué deben hacer los consumidores y comercios

  • Consumidores: Se recomienda revisar etiquetas y evitar la compra de cualquier envase rotulado como “Mito Andino” que exhiba los números de registro cuestionados. En caso de tener unidades en el hogar, desecharlas o devolverlas en el punto de venta.
  • Comercios: Deben retirar el producto inmediatamente de exhibición y stock, informar a proveedores y remitir las partidas incautadas a la autoridad bromatológica local para su inutilización.
  • Canales digitales: Las plataformas de e-commerce y redes sociales deben eliminar publicaciones, pausar anuncios y bloquear perfiles reincidentes.

Con estas acciones, ANMAT prohibió un aceite de oliva y busca cortar la cadena de comercialización, evitando nuevos episodios de fraude alimentario.

Antecedentes recientes y controles en curso

Esta no es la primera vez que el organismo toma una medida de este tipo en 2025. El martes pasado dictó la Disposición 5433/2025 contra la marca “SOMA”, también por registros inexistentes. La evolución de los operativos es coherente con la estrategia de vigilancia que la ANMAT aplica desde comienzos de año para reforzar la seguridad alimentaria.

En Diario360 ya informamos ANMAT prohibió un aceite de oliva, específicamente sobre la prohibición del aceite de la marca SOMA, lo que muestra la frecuencia de estos hallazgos y la necesidad de mantener controles permanentes.

La reiteración de irregularidades evidencia que ANMAT prohibió un aceite de oliva cada vez que detecta etiquetas apócrifas, subrayando la importancia de verificar los números de RNE y RNPA antes de adquirir productos alimenticios.

Cómo verificar productos habilitados

  • Ingresar al Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) y corroborar que el RNE y RNPA figuren como vigentes.
  • Consultar la base de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial o en el sitio institucional de la ANMAT.
  • Denunciar irregularidades al INAL mediante los canales de atención al consumidor.

Al reforzar estos hábitos, los ciudadanos minimizan la exposición a productos falsificados. Por su parte, la autoridad sanitaria reitera que mantendrá operativos y publicará nuevas disposiciones cuando sea necesario, tal como lo ha hecho ahora que ANMAT prohibió un aceite de oliva que violaba múltiples normativas.